El TSJC obliga a un mínimo del 25% de clases en castellano en Cataluña. Es una buena noticia pero no es suficiente.

La sección quinta de la sala del Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dicta sentencia y pone en cuestión a la Ley Celaá, que se está tramitando en estos momentos en el Senado. La presencia mínima, menciona el tribunal, ha sido fijada por la jurisprudencia en un uso vehicular mínimo del 25% de las horas lectivas en castellano, que, además debe incluir íntegramente otra materia o asignatura no lingüística curricular de carácter troncal o análogo. Es decir, además de Lengua Castellana y Literatura en castellano, los alumnos catalanes deberán recibir ahora clases de Matemáticas, Ciencias Naturales o Ciencias Sociales en español.

TEXTO DE LA SENTENCIA:  click aquí 

En realidad esta sentencia no incorpora novedad alguna al escenario jurídico, simplemente se ajusta a la doctrina del Tribunal Supremo que establecía en 2015 que la proporción razonable del castellano como lengua vehicular en el sistema educativo debía ser, al menos, del 25 %. La proporción razonable de la ley Wert fue un gran acierto y un gran error. Acertaba definiendo el concepto de proporción razonable, pero fallaba al no establecer qué proporción era esa. ¡El 25 % no es razonable! porque no alcanza ni la mitad de las materias troncales. Tanto para los niños como para sus padres, el sistema educativo debe garantizar el derecho de estudiar todas las materias troncales en lengua materna, si ésta es el castellano.

La Constitución es muy clara en el artículo 3, que la ministra Celáa parece desconocer, ya que dice literalmente que el castellano es la lengua española oficial del Estado y que todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. En el Estatuto de Cataluña el catalán, ahora, también es un derecho y un deber, pero en el Estatuto de la Comunidad Valenciana, el valenciano es un derecho pero ni siquiera es un deber. A pesar de ello existe un gran asedio lingüístico para los niños en esta Comunidad, que es mayoritariamente castellanohablante con mucha diferencia. 

La ley Wert introdujo más confusión que concreción, ya que la determinación de proporción razonable solo vino del Tribunal Supremo, al poner cifra al fantasmagórico concepto de proporción razonable de Wert. El TC tuvo que pronunciarse ante la avalancha de demandas de muchos padres, que veían cómo sus hijos perdían el derecho de estudiar en su propia lengua.

Esta nueva sentencia de ahora ayudará a mejorar en Cataluña, que viene aplicando una discriminación sin precedentes, pero también ayudará a reflexionar sobre el concepto de materia troncal y materia análoga a troncal en la Comunidad Valenciana. La Educación Física, o la Religión no son materias troncales ni tampoco análogas a troncales, ya que no cumplen con la definición de materia troncal, que es lo que sostienen los separatistas que gobiernan en la Comunidad Valenciana (Compromís y PSOE). En esta comunidad tenemos una ley de plurilingüismo de 2018 que aprovechaba el desacierto y desconcierto legislativo para establecer el 25 % de proporción razonable, pero fueron más allá, ya que en la aplicación de su propia ley no respetaron la proporción ni las materias troncales (al menos una de las troncales debe impartirse en castellano). Cientos de centros están ahora en el 0 % de castellano en Educación Infantil, justificando que se incumple la ley por tratarse de proyectos experimentales. Los proyectos experimentales no pueden aplicarse de manera tan intensiva ni tan extensiva.  También hay muchos centros por debajo del 25 % en otros niveles educativos. La materia troncal o análoga en castellano tampoco se respeta.

Queremos aprovechar para recordar la definición de materias troncales: «… son aquellas establecidas por el Gobierno Central, con contenidos comunes y cursadas de forma obligatoria. Son materias muy importantes y el horario lectivo mínimo de éstas debe ser es del 50%». En el diagrama siguiente presentamos el modelo propuesto por la asociación Idiomas y Educación. También exponemos a continuación cómo es el modelo lingüístico de las 13 Escuelas Europeas gestionadas por UE. 

Modelo de idiomas y Educación

Modelo de Escuelas Europeas

Son trece en la Unión Europea y se encuentran en las ciudades en donde hay instituciones o agencias de La Unión. En España solo hay una y se encuentra en Alicante, por la EUIPO, o agencia europea de la propiedad intelectual e industrial, con más de 1.000 funcionarios europeos. El modelo es el mismo en todas ellas, basado en el respeto de la lengua materna. En esas escuelas durante toda la primaria, el porcentaje como lengua vehicular no baja del 85 % y en toda la secundaria del 60 %.

Más información sobre modelos lingüísticos en Educación:

http://www.idiomasyeducacion.es/wp-content/uploads/2019/04/Modelo-Educativo-Idiomas-y-Educaci%C3%B3n-1-1.pdf 

La legislación española cuenta por tanto con una acción pendiente, que es la de defender los derechos de los niños con lengua materna el castellano, desde una ley que respete nuestra lengua y que cuente con suficiente proporción razonable (de 55  a 60 %, para que contemple la totalidad de materias troncales). La Ley Celáa es todo lo contrario, ya que trata de una concesión al separatismo, que solo busca que todos los chicos que llegan a la mayoría de edad, alcanzando los 18 y el derecho al voto como radicales separatistas, cosa que ya ocurre de manera preocupante en Cataluña.

Idiomas y Educación